Obligación legal del Plan de Recolocación

El Real Decreto 1796/2010 de 30 de diciembre regula las Agencias Privadas de Colocación (y recolocación).

El objetivo de su regulación es para que éstas puedan intermediar en el mercado de empleo, para contribuir a la reducción de desempleo e incrementar la productividad. Con esta regulación se pretende elevar las oportunidades de las personas desempleadas.

Ars Outplacement obtiene Autorización otorgada por el SEPE para operar como Agencia Privada de Colocación y Recolocación el pasado mes de mayo con el número 9900000125.

Con Ley 3/2012, de 6 de julio, de medidas urgentes para la reforma del mercado laboral se reforma el artículo 51 del Estatuto de los Trabajadores, y posteriormente el RD 1483/2012 en los que se desarrollla este requisito legal:

¿Cuándo es obligatorio acudir a una empresa de Recolocación?

La norma establece que cuando se realice un despido colectivo que afecte a más de 50 trabajadores se deberá ofrecer a los trabajadores afectados un plan de recolocación externa a través de empresas debidamente autorizadas.  Esta obligación no la tendrán las empresas que estén en un proceso concursal.

Entre las medidas de acompañamiento que se establecerá en el período de consultas, se incluirá la identificación de la empresa de recolocación autorizada para llevarla a cabo.

¿Sobre quién recaerá el coste del plan de recolocación?

El coste de dicho plan no recaerá sobre los trabajadores, sino que deberá asumirlo la empresa que realice el despido colectivo.

¿Qué duración tendrá dicho plan?

El plan tendrá una duración mínima de 6 meses, no estableciéndose una duración máxima, y pudiendo llegar hasta la recolocación de todos los trabajadores afectados.

¿Cómo se verificará el cumplimiento de esta obligación?

La autoridad laboral, a través del servicio público de empleo competente,  verificará el cumplimiento de esta obligación.

¿Qué deberá incluir el plan de recolocación?

–           Labores de intermediación: puesta en contacto de ofertas de trabajo de otras empresas con los trabajadores afectados por el despido

–          Orientación profesional dirigida a la identificación del perfil profesional de los trabajadores.

–          Formación profesional dirigidas a la capacitación de los trabajadores para el desempeño de las actividades profesionales en dichas empresas.

–          Atención personalizada destinadas al asesoramiento de los trabajadores respecto de todos los aspectos relacionados con su recolocación.

Esta es la primera medida en las que el Gobierno reconoce la utilidad de las Agencias Privadas de Colocación y Recolocación para intermediar en el mercado de trabajo realizando una función que está abandonada por las Administraciones Públicas y que es básica como apoyo a las personas desempleadas.

Esperemos que se continúe en esta línea de colaboración público privada.

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